Financial Solutions S.L. actúa como intermediario financiero independiente para entidades concesionarias de préstamos.

La actividad que se promociona es de intermediación en la concesión de préstamos hipotecarios, como intermediarios independientes. Acogidos a la Ley 2/2009 de 31 de Marzo. Sujeto a las condiciones y a la aprobación de las entidad financiera donde se tramite. Únicamente se aplicarán los honorarios de consultoría a la firma del préstamo hipotecario según tarifas expuestas en nuestras oficinas. FINNACIAL SOLUTIONS , S.L. Empresa inscrita en el registro estatal de empresas, que sin tener la condición de entidades de crédito, llevan a cabo actividades de contratación de préstamos o créditos hipotecarios o de intermediación, para la celebración de contratos de préstamo o crédito con los consumidores, con el nº 250/2011

Ejemplo de préstamo: Importe de 40.957€. Plazo de devolución 120 meses (10 años). Sin productos vinculados ni seguros. TIN 9,75%; Cuota mensual 535,60€/mes de capital + intereses. TAE 14,51%. En caso de cancelar antes de plazo sólo se cobrarán los intereses hasta esa fecha. Si se llegara a los 10 años, el coste total de financiación e importe total a pagar seria de 64.272€ (capital + intereses). TIN min 9,75% – TIN max: 12% – TAE min: 13,36% TAE max: 15,78%. La oferta aquí expresada no es vinculante. El TIN y el TAE podrán variar en función del perfil del cliente, valoración de la propiedad y aprobación final.”

Oferta sujeta a la autorización de alguna de las entidades con las que intermedia Financial Solutions  SL y que hace la propuesta de préstamo tras el estudio de la documentación aportada por el cliente y la firma del contrato. Este préstamo debe estar garantizado con la hipoteca de un inmueble.

Importe máximo del préstamo disponible en relación con el valor del bien inmueble a hipotecar: El importe máximo será el 50% de la valoración de la vivienda, dependiendo de las circunstancias de la empresa y del inmueble a hipotecar. Ejemplo: Si la valoración de la vivienda es de 100.000 €, el importe máximo del préstamo será de 50.000 €.

Tipos de préstamo:

TIPO DE INTERÉS

El tipo de interés máximo de los préstamos que intermediamos es del dieciseis por ciento anual (16 %). Este tipo de interés es fijo hasta la total devolución del importe prestado.

TIN min./max. 1,95% /16%

VINCULACIONES Y GASTOS PREPARATORIOS

Los costes los estable cada entidad, a modo de ejemplo:

El coste de la tasación del inmueble a hipotecar corre por cuenta del cliente.

El cliente tiene derecho a escoger libremente la empresa tasadora, la notaría y el abogado.

TASA ANUAL EQUIVALENTE Y COSTE TOTAL DEL PRÉSTAMO

La TAE es el coste total del préstamo expresado en forma de porcentaje anual. La TAE sirve para ayudarle al cliente a comparar las diferentes ofertas.

La TAE máxima de nuestros los préstamos que intermediamos es del 17.89%.

TAE min./max 1,71% /17,89%

A efectos informativos, se hace constar que la TAE se calcula conforme al artículo 31 y al Anexo V de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, publicado en el «BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2011, páginas 113282 y siguiente.

El coste total del préstamo para un supuesto importe de 25.000 euros sobre una finca en Madrid, a un plazo de diez años y un interés del 13% fijo anual es de 22.156 euros con alguna de las entidades que intermediamos se desglosa en las siguientes partidas:

Esto es un ejemplo de las condiciones que estable la entidad propuesta, con independencia de las tarifas de Financial Solutions SL por intermediación financiera, publicadas también en esta web.

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA

Compensación por desistimiento: Será de un 0,5% o un 0,25% sobre la cantidad amortizada de forma anticipada, según se desista antes o después de los cinco primeros años desde la formalización del préstamo.

EJECUCIÓN POR IMPAGO

Para la ejecución del préstamo en caso de impago, el acreedor podrá optar por la acción ejecutiva ordinaria regulada en los arts. 517 y 571 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por la acción directa contra el bien hipotecado del Art. 129.1.a) de la Ley Hipotecaria o por la venta extrajudicial mediante Notario regulada en el art. 129.1.b) de la Ley Hipotecaria.

VARIOS

Puede consultar la Guía de acceso al préstamo hipotecario, del Banco de España en la siguiente dirección electrónica:

www.bde.es

Tiene derecho a negociar individualmente las cláusulas del contrato.

Puede perder el inmueble si no efectúa puntualmente el pago al que está obligado.

La deudora responde ante la entidad prestamista del pago del préstamo no solo con el inmueble hipotecado, sino con todos sus bienes presentes y futuros.

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

Para la resolución de todas las controversias o cuestiones relacionadas con el presente sitio web o de las actividades en él desarrolladas, será de aplicación la legislación española, a la que se someten expresamente las partes, siendo competentes para la resolución de todos los conflictos derivados o relacionados con su uso los Juzgados y Tribunales de Madrid.

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