¿Qué es la financiación privada?
La financiación privada son préstamos que se realizan con una garantía hipotecaria, es decir, que se aporta como garantía algún inmueble como puede ser alguno de estos ejemplos:
- Viviendas, tanto primera como segunda residencia, como pueden ser casas, pisos, chalets…
- Edificios de viviendas (con o sin inquilinos), hoteles, apartamentos, oficinas…
- Naves industriales
- Locales comerciales como bares, restaurantes, oficinas, farmacias, lavanderías, despachos…
- Terrenos o parcelas
¿Qué beneficios tiene la financiación privada?
Muchas son las ventajas para realizar una financiación privada. De hecho, muchos usuarios acceden a ella aunque puedan conseguir financiación a través de su banco habitual. Las principales ventajas son:
UNA FINANCIACIÓN QUE LOS BANCOS TRADICIONALES NO PROPORCIONAN
Esta ventaja es muy importante y utilizada por las empresas para conseguir liquidez.
RAPIDEZ Y AGILIDAD
La financiación privada es mucho más rápida que la financiación bancaria y no requiere de tanta documentación. Des de que se recibe la petición de necesidad de financiación privada hasta que la empresa o particular recibe el dinero, si se cumplen todos los requisitos, puede tardar unos 10 días. Esta ventaja es vital para desencallar cualquier situación de financiación con carácter urgente, evitando largas esperas.
FLEXIBILIDAD EN LOS CRITERIOS DE FINANCIACIÓN Y PAGO DE LA DEUDA
Generalmente, se realiza un sistema de pagos a medida, con periodos de amortización a corto plazo.
SIN IMPORTAR CIRBE NI ESTADO DE MOROSIDAD
Los préstamos con la financiación privada para operaciones mercantiles no se recogen en el CIRBE. En el momento de analizar la viabilidad de la operación, tampoco se tiene en cuenta si el solicitante está en algún listado de morosidad como ASNEF o RAI.
ANÁLISIS GRATUITO
Se efectúa un estudio y análisis de la situación financiera sin compromiso y de forma gratuita, recibiendo una respuesta generalmente en 24 horas.
No importa la finalidad, se puede destinar la financiación para la finalidad que se desee, como puede ser paralizar un embargo o subasta, aceptar herencias, refinanciar deudas… Finalmente, no es necesario cambiarse de banco, se puede seguir operando con su banco habitual.
IMPULSO CAPITAL, la solución financiera
Somos conscientes que cada vez son más las personas y empresas que se encuentran sin ninguna ayuda o seguridad financiera debido a que las entidades tradicionales tienen una gran cantidad de requisitos e impedimentos para conceder financiación.
Las ventajas de la financiación privada:
- Financiación privada sin límite. No tenemos un importe máximo, puedes solicitar el importe que necesites.
- Estudio y análisis totalmente gratuito, rápido y sin compromiso.
- Un equipo de expertos abogados, financieros y economistas con una larga trayectoria en el sector avala nuestra profesionalidad y cumpliendo con los requisitos que nos exige el Banco de España.
- Flexibilidad a la hora de devolver el préstamo.
- Discreción total, nos ponemos a tu disposición sin importar el motivo.
- Una marca líder, reconocida, segura y fiable durante años en el sector de la financiación privada. Siempre miraremos por tus intereses y tenemos el objetivo de que la operación acabe de forma exitosa para todas las partes.
¿Qué necesitas para conseguir financiación privada?
Únicamente contactar con nosotros, rellenando el formulario del principio o llamándonos por teléfono y decirnos:
- El importe que necesitas.
- Qué garantías se aportan. Pueden ser una (o varias) propiedades disponibles como garantía (vivienda, edificios, naves, locales, terrenos…), ya sean del prestatario o de un familiar o amigo suyo.
- Siempre estamos dispuestos a escucharte y asesorarte, en menos de 48 horas diseñaremos un plan a tu medida con el único fin de superar cualquier obstáculo económico por el que puedas estar atravesando.
- Nuestros préstamos se formalizan ante notario para proteger jurídicamente a nuestros clientes.
Un proceso rápido y confidencial
Solicite su préstamo
*La actividad que se promociona es de intermediación en la concesión de préstamos hipotecarios, como intermediarios independientes. Acogidos a la Ley 2/2009 de 31 de Marzo. Sujeto a las condiciones y a la aprobación de las entidad financiera donde se tramite. Únicamente se aplicarán los honorarios de consultoría a la firma del préstamo hipotecario según tarifas expuestas en nuestras oficinas. * Empresa inscrita en el registro estatal de empresas, que sin tener la condición de entidades de crédito, llevan a cabo actividades de contratación de préstamos o créditos hipotecarios o de intermediación, para la celebración de contratos de préstamo o crédito con los consumidores, con el nº 250/2011 de la sección segunda.evo párrafo